Micelio

Artículo 11

El Ministerio De Comunicaciones Reajustara, A Partir Del Primero (1o

Decreto 2476 de 1963 · Por el cual se subroga el Decreto 3268 de 1963, que fijó los derechos de utilización de frecuencias radioeléctricas en los servicios de Radiodifusión y Radiocomunicaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

el ministerio de comunicaciones reajustara, a partir del primero (1o.) de enero de 1963, los derechos de los servicios de radiocomunicaciones privadas, de conformidad con lo prescrito en este decreto, y reintegrara a los interesados el excedente de los derechos que hubieren sido cancelados, Para periodos a partir de dicha fecha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2476 de 1963