º En las demás Aduanas de la República atenderá el servicio de encomiendas postales del Departamento, Intendencia o Comisaría respectiva, una Sección especial compuesta del Administrador de la Aduana, un Reconocedor y el Almacenista.
Decreto 985 de 1925 →Vigente
Artículo 3
En Las Demás Aduanas De La República Atenderá El Servicio De Encomiendas Postales Del Departamento, Intendencia O Comisaría Respectiva, Una Sección Especial Compuesta Del Administrador De La Aduana, Un Reconocedor Y El Almacenista
Decreto 985 de 1925 · Por el cual se organiza el servicio de encomiendas del Exterior y la importación de mercancías por medio de recomendados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.