° Hácense, las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962: Presupuesto de funcionamiento. Ministerio de Justicia Contracréditos B - Rama Técnica CAPITULO 0309 Establecimientos de Detención, Penas y Medidas de Seguridad Programa II Establecimientos de Detención, Penas y Medidas de Seguridad. Servicios personales 101 - 125. Artículo 3061. Sueldos del personal dé nómina $ 4.430.00. Rama Jurisdiccional. CAPITULO 1503. Juzgados Superiores de Distrito Judicial. Gastos generales 105 - 124. Artículo 15024. Compra de equipo 30.000.00 CAPITULO 1504 Juzgados del Circuito y del Trabajo. Gastos generales 105 - 124. Artículo 15034. Compra de equipo 50.000.00 CAPITULO 1505 Tribunales Superiores y Juzgados de Aduanas Gastos generales 105 - 124. Artículo 15043 Compra de equipo 20.000.00 CAPITULO 1507 Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional Gastos generales 105 - 121. Artículo 15061. Compra de equipo 60.600.00 Suman los contracréditos $ 165.030.00 Créditos Ministerio de Justicia A - Dirección del Ministerio CAPITULO 0301 Gabinete del Ministro Servicios personales 101 - 111. Artículo 3001. Sueldos del personal de nómina $700.00. 101 - 111. Artículo 3002. Gastos de representación 3.700.00 Rama Jurisdiccional CAPITULO 1501 Corte Suprema de Justicia Servicios personales 101 - 124, Articulo 15001. Sueldos del personal de nómina $ 97.333.33 CAPITULO 1509 Consejo de Estado Servicios personales 101.- 124. Artículo 15078. Sueldos del personal de nómina 58.400.00 CAPITULO 1511 Procuraduría General de la Nación. Servicios personales 101 - 124. Artículo 15099. Sueldos del personal de nomina 4.800.67 Suman los créditos $ 165.030.00
Decreto 3457 de 1962 →Vigente
Artículo 1
Hácense, Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1962: Presupuesto De Funcionamiento
Decreto 3457 de 1962 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962 (Ministerio de Justicia y Rama Jurisdiccional), por $165.030.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.