Micelio

Artículo 28

Toda Persona Que Sea Designada Por La Autoridad Competente Para Auxiliar A La Justicia En Cuestiones Técnicas, Tendrá La Obligación De Prestar Su Concurso Inmediato Y Gratuito

Decreto 12 de 1959 · Por el cual se dictan normas tendientes a procurar rápida y eficaz administración de justicia en lo penal, en los Departamentos donde subsistente el estado de sitio

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda persona que sea designada por la autoridad competente para auxiliar a la justicia en cuestiones técnicas, tendrá la obligación de prestar su concurso inmediato y gratuito. La renuncia a prestar el servicio acarrea las consecuencias a que se refiere el inciso 2º del artículo 257 del Código de Procedimiento Penal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 12 de 1959