Micelio

Artículo 1

Créase La Comisión Nacional Para El Desarrollo Y Fomento De La Industria Porcina Como Organismo Consultivo Vinculado Al Ministerio De Agricultura, Encargado De Analizar La Situación De La Industria Porcina Y De Asesorar Al Gobierno En El Estudio Y Solución De Los Problemas Relacionados Con La Producción, Procesamiento, Calidad, Mercadeo, Sanidad De Los Porcinos Y Sus Productos, Y Los Asuntos Relativos A La Explotación De La Especie Porcina

Decreto 351 de 1984 · Por el cual se crea la Comisión Nacional para el Desarrollo y Fomento de la Industria Porcina

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Créase la Comisión Nacional para el Desarrollo y Fomento de la Industria Porcina como organismo consultivo vinculado al Ministerio de Agricultura, encargado de analizar la situación de la industria porcina y de asesorar al Gobierno en el estudio y solución de los problemas relacionados con la producción, procesamiento, calidad, mercadeo, sanidad de los porcinos y sus productos, y los asuntos relativos a la explotación de la especie porcina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 351 de 1984