Los documentos comprobantes de la cuenta mensual que deberá remitirse á la Pagaduría Central en los primeros quince días de cada mes para su examen é incorporación en la cuenta de dicha Oficina y para que sea solicitada la legalización de los gastos anticipados, serán los siguientes: Copia del Libro de Caja durante el mes, con inclusión de la existencia anterior y de lo que pasa al siguiente, según el caso ; las libranzas, vales generales y recibos de sueldos ; relaciones nominales del Montepío Militar ; presupuestos de personal y material ; listas de revista y extracto general ; relación de los gastos que contendrá el resumen de lo invertido, ya en el personal , ya en el material, su cuantía y el Capítulo y Artículo del Presupuesto Nacional que hayan sido afectados con las erogaciones. Sección 3 .ª VISITAS OFICIALES.
Artículo 41
Los Documentos Comprobantes De La Cuenta Mensual Que Deberá Remitirse Á La Pagaduría Central En Los Primeros Quince Días De Cada Mes Para Su Examen É Incorporación En La Cuenta De Dicha Oficina Y Para Que Sea Solicitada La Legalización De Los Gastos Anticipados, Serán Los Siguientes: Copia Del Libro De Caja Durante El Mes, Con Inclusión De La Existencia Anterior Y De Lo Que Pasa Al Siguiente, Según El Caso ; Las Libranzas, Vales Generales Y Recibos De Sueldos ; Relaciones Nominales Del Montepío Militar ; Presupuestos De Personal Y Material ; Listas De Revista Y Extracto General ; Relación De Los Gastos Que Contendrá El Resumen De Lo Invertido, Ya En El Personal , Ya En El Material, Su Cuantía Y El Capítulo Y Artículo Del Presupuesto Nacional Que Hayan Sido Afectados Con Las Erogaciones
Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.