Las obras publicas con apropiaciones presupuestales hasta por dos millones de pesos ($ 2.000.000.00), incluidos en el Capítulo del Fondo Vial Nacional, deberán ser ejecutadas a través del Fondo Nación de Caminos Vecinales o por la Secretaria de Obras Públicas Departamentales, mediante contratos de delegación.
De las reservas del Balance del Tesoro.