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Artículo 9

Establécese La Unidad Auxiliar De Presupuesto, Como Una Dependencia De La Unidad Principal Financiera Y De Planeación, La Cual Tendrá Las Siguientes Funciones Y Responsabilidades: 1

Decreto 326 de 1992 · por el cual se establecen las Unidades Principales y Auxiliares de la Subjefatura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se señalan sus funciones y responsabilidades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Establécese la Unidad Auxiliar de Presupuesto, como una dependencia de la Unidad Principal Financiera y de Planeación, la cual tendrá las siguientes funciones y responsabilidades

1.

Preparar con destino a la Unidad Principal Financiera y de Planeación la información para la elaboración de los proyectos de presupuesto.

2.

Autorizar el trámite de las cuentas de acuerdo con la disponibilidad de fondos y las inversiones programadas.

3.

Preparar la documentación necesaria para solicitar los desembolsos a los organismos financieros.

4.

Coordinar la elaboración de procedimientos para el manejo presupuestal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y de sus entidades adscritas, de acuerdo con las instrucciones que imparta la Dirección General del Presupuesto.

5.

Efectuar la apropiación y registro presupuestal de los contratos que celebre el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y sus entidades adscritas y efectuar las certificaciones de contratos ante la Contraloría General de la República y la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

6.

Elaborar y tramitar los acuerdos mensuales de gastos del Departamento Administratívo de la Presidencia de la República y de sus entidades adscritas que deban someterse a consideración del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

7.

Elaborar y tramitar las reservas de apropiación que deban efectuarse al cierre de cada vigencia fiscal para los presupuestos del Departamento Admnistrativo de la Presidencia de la República y de sus entidades adscritas. Supervisar y tramitar las reservas de caja que constituya la Unidad Auxiliar de Tesorería.

8.

Elaborar y tramitar ante la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los informes mensuales de la ejecución presupuestal de ingresos y gastos, de los pagos efectuados, indicadores y demás datos derivados de la contabilidad presupuestal.

9.

Expedir los certificados de disponibilidad presupuestal que le soliciten para los compromisos contractuales y el registro presupuestal para los no contractuales que debe adquirir el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y sus entidades adscritas.

10.

Presentar ante la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Contraloría General de la República los informes y registros necesarios para la consolidación, integración y rendición mensual de las cuentas y elaboración del balance conforme a las normas que rigen la materia.

11.

Presentar Informes sobre la ejecución presupuestal a solicitud del Jefe del Area Administrativa Financiera y de la Unidad Principal Financiera y de Planeación.

12.

Colaborar con la Dirección General del Presupuesto y con el Departamento Nacional de Planeación para la realización del control financiero, económico y de resultados a cargo de dichas entidades.

13.

Atender los requerimientos que sobre materia presupuestal formule el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República para aclarar las glosas que estas entidades formulen sobre el manejo presupuestal y responder ante ellas por la aplicación presupuestal.

14.

Establecer los procedimientos de acuerdo a las disposiciones de la ley anual del presupuesto para cada vigencia.

15.

Realizar la revisión presupuestal de los pagos que deba efectuar el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y sus entidades adscritas y efectuar la respectiva comprobación de las cifras.

16.

Responder patrimonialmente por los perjuicios que ocasione a la Administración o a terceros por sus actuaciones u omisiones en el ejercicio de sus funciones sin menoscabo de las sanciones disciplinarias, penales y fiscales a que hubiere lugar.

17.

Presentar los informes que le soliciten el Jefe del Area Administrativa y Financiera y el Coordinador de la Unidad Principal Financiera y de Planeación, en relación con los asuntos a su cargo.

18.

Las demás que le sean asignadas por el Coordinador de la Unidad Principal Financiera y de Planeación y el Jefe del Area Administrativa y Financiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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