Micelio

Artículo 2

Decreto 891 de 1967 · Por el cual se aprueba un Acuerdo expedido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Municipio de Chinehiná, en el Departamento de Caldas, pasará de la jurisdicción de la Caja Seccional de los Seguros Sociales del Quindío a la de la Oficina Local de los Seguros Sociales de Manizales, treinta días después de la aprobación de este Acuerdo por el Presidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 891 de 1967