Micelio

Artículo 2

Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

Decreto 279 de 1992 · por el cual se adiciona el Decreto número 2868 del 21 de diciembre 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 279 de 1992