Micelio

Artículo 4

Queda Vigente El Control De Precios De Las Llantas Y Neumáticos De Todas Clases Y Dimensiones Las Infracciones Serán Sancionadas Por Las Juntas Departamentales De Control De Precios, De Acuerdo Con Las Resoluciones De La Dirección Nacional De Transportes Y Tarifas Sobre Precios Máximos Y Cuantía De Las Penas

Decreto 296 de 1947 · Por el cual se declara libre el comercio de las llantas y neumáticos, con axcepción de las dimensiones 650 x 16

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Queda vigente el control de precios de las llantas y neumáticos de todas clases y dimensiones las infracciones serán sancionadas por las Juntas Departamentales de Control de Precios, de acuerdo con las resoluciones de la Dirección Nacional de Transportes y Tarifas sobre precios máximos y cuantía de las penas.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 296 de 1947