Micelio

Artículo 10

Para Atender A Sus Gastos Propios, La Superintendencia Dispondrá De Los Siguientes Ingresos: A) La Suma De Diez Pesos ($ 10

Decreto 1347 de 1970 · Por el cual se organiza la Superintendencia de Notariado y Registro

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para atender a sus gastos propios, la Superintendencia dispondrá de los siguientes ingresos

a)

La suma de diez pesos ($ 10.00) por cada escritura que se otorgue en las notarias, que los respectivos notarios recaudarán del público y consignarán en la Superintendencia en la forma en que esta lo determine;

b)

El producto de la venta de elementos de servicio cuando fuere el caso;

c)

Los demás ingresos que para su sostenimiento hayan establecido las leyes

d)

Las sumas o bienes que por cualquier otro concepto ingresen a su patrimonio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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