Micelio

Artículo 16

Decreto 2911 de 2008 · por medio del cual se reglamenta parcialmente el Decreto 028 de 2008 en relación con las actividades de control integral, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Levantamiento de las medidas de supensión de giro y/o giro directo . El levantamiento de las medidas de suspensión de giro y/o giro directo se hará mediante acto administrativo debidamente motivado, suscrito por el Director de la Unidad Administrativa Especial de Monitoreo, Seguimiento y Control o el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, una vez se superen los eventos que motivaron la adopción de la medida.

Parágrafo 1

En el sector de agua potable y saneamiento básico, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, comunicará a la Unidad Administrativa Especial de Monitoreo, Seguimiento y Control, la procedencia de imponer la medida correctiva de asunción temporal de la competencia.

Parágrafo 2

Para tomar la decisión de levantamiento de las medidas de suspensión de giro y/o giro directo la Unidad Administrativa Especial de Monitoreo, Seguimiento y Control, consultará con el ministerio sectorial respectivo o con el Departamento Nacional de Planeación, según el caso. CAPITULO IV Asunción temporal de la competencia

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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