Micelio

Artículo 9

La Empresa Aumentará La Prima De Antigüedad Reglamentada Por La Resolución Número 7033 De 1974, Así: Por Cinco (5) Años, Un Día Más De Sueldo En 1987 Y Uno (1) Más En 1988

Decreto 192 de 1987 · por medio del cual se fijan las escalas de remuneración para los empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Empresa aumentará la prima de antigüedad reglamentada por la Resolución número 7033 de 1974, así: Por cinco (5) años, un día más de sueldo en 1987 y uno (1) más en 1988. Por diez (10) años de servicio, dos (2) días más de sueldo en 1987 y dos (2) más en 1988. Por quince (15) años de servicio, tres (3) días más de sueldo en 1987 y tres (3) más en 1988. Por veinte (20) años de servicio cuatro (4) días más de sueldo en 1987 y cuatro (4) más en 1988. Por veinticinco (25) años de servicio, cinco (5) días más de sueldo en 1987 y cinco (5) más en 1988.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 192 de 1987