Micelio

Artículo 1

Decreto 2328 de 1982 · Por el cual se dictan normas sobre el servicio de transmisión o recepción de información codificada (datos) entre quipos informáticos, es decir, computadores y/o terminales en el territorio nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Empresa Nacional de Telecomunicaciones prestará el servicio de transmisión de datos a través de los siguientes medios: - Circuitos telefónicos dedicados punto a punto o multipunto. - Circuitos telefónicos conmutados (red telefónica pública conmutada). -Enlaces de banda ancha en circuitos telefónicos en grupo primario o secundario, punto a punto. -Circuito télex o datex conmutados. -Circuitos telegráficos dedicados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2328 de 1982