º La Planta de personal de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos Nacionales tendrá los siguientes cargos de libre nombramiento y remoción. No de cargos Denominación Nivel Grado 5 Asesor 60 43 5 Asesor 60 46 14 Administrador de Impuestos 62 40 5 Administrador de Impuestos 62 42 8 Administrador de Impuestos 62 44 7 Jefe de Oficina 65 44 6 Subdirector 66 45 1 Director 67 47 Para efectos del presente artículo, el cargo de Administrador de Impuestos nivel 62 grado 44 corresponde a las Administraciones Especiales de Grandes Contribuyentes y de Personas Jurídicas de Bogotá, la Administración Regional del Centro, Administración Regional del Norte, Administración Regional del Noroccidente, Administración Regional del Centro Occidente, Administración Regional del Suroccidente y la Administración Regional del Nororiente, El cargo de Administrador de Impuestos nivel 62 grado 42 corresponde a las Administraciones Locales de Impuestos Nacionales de Caldas, Norte de Santander, Bolívar, Tolima y Risaralda. El cargo de Administrador de Impuestos nivel 62 grado 40 corresponde a las Administraciones Locales de Impuestos Nacionales de Magdalena, Sucre, Guajira, Boyacá, Cesar, Cauca, Nariño, Córdoba, Quindío, Huila, Meta, Chocó, Caquetá y San Andrés y Providencia.
Decreto 1961 de 1991 →Vigente
Artículo 2
La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial - Dirección De Impuestos Nacionales Tendrá Los Siguientes Cargos De Libre Nombramiento Y Remoción
Decreto 1961 de 1991 · por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.