Articulo 1.° A partir del 1° de enero de 1984, increméntanse en un seis por ciento (6%) las asignaciones básicas de los funcionarios diplomáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del personal administrativo del servicio en el exterior.
Decreto 172 de 1984 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del 1° De Enero De 1984, Increméntanse En Un Seis Por Ciento (6%) Las Asignaciones Básicas De Los Funcionarios Diplomáticos Del Ministerio De Relaciones Exteriores Y Del Personal Administrativo Del Servicio En El Exterior
Decreto 172 de 1984 · Por el cual se incrementan las asignaciones básicas de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en el exterior
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.