Micelio

Artículo 1

Ley 121 de 1941 · Por se hace una destinación a los Municipios de Purificación y Prado, en el Departamento del Tolima el cual se prevé a la defensa y ampliación del puerto de la Dorada, se dan unas autorizaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo de lo ordenado por la Ley 29 de 1937 y estando ya terminados los estudios y prospectos a que ella se refiere, el Gobierno procederá a construir el puerto fluvial de La Dorada y las obras de saneamiento y de defensa del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 121 de 1941