Micelio

Artículo 3

Ley 81 de 1986 · Por la cual se conceden facultades extraordinarias al Presidente de la República para apropiar una partida en el Presupuesto Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acción Cultural Popular deberá demostrar, previo el recibo de cada uno de los aportes anuales, a satisfacción de la Dirección Nacional de Presupuesto, la iniciación y puesta en marcha de un programa de reorganización administrativa, económica, financiera, contable y técnica de la institución y de todos sus otros servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 81 de 1986