Artículo primero. La suma de seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos con sesenta y seis centavos ($ 6.666.666.66) moneda corriente, girada por el Ministerio de Fomento al Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, con cargo al Capítulo 1081, artículo 10845 del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1965, será invertida por el Instituto en las siguientes obras:
Decreto 2679 de 1965 →Vigente
Artículo 10845
Del Presupuesto Para La Vigencia Fiscal De 1965, Será Invertida Por El Instituto En Las Siguientes Obras:
Decreto 2679 de 1965 · por el cual se distribuye la suma de $ 6.666.666.66, girada al Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico para suministrar energía eléctrica a la zona norte de Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.