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Artículo 43

Requisitos De Funcionamiento

Decreto 2437 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a Producción, Procesamiento, Transporte y Comercialización de la Leche

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos de funcionamiento. Las plantas para higienización requieren para su funcionamiento de las siguientes áreas, técnicamente separadas entre si

a)

Patio en pavimento, asfalto o similares para recibo y entrega de leche;

b)

Plataforma para recepción de leche;

c)

Para almacenamiento de leche cruda enfriada;

d)

Depósito de leche en polvo, cuando en la planta se reconstituya o recombine leche;

e)

Para reconstitución o recombinación y homogeneización, cuando en la planta se efectúen estos procesos.

f)

Para proceso de higienización;

g)

Para envasado de la leche;

h)

Para cámara frigorífica. cuando se trate de proceso de pasteurización o irradiación;

i)

Para lavado y desinfección de botellas y cantinas;

j)

De laboratorio habilitado para el análisis fisico-químicos y bacteriológico de la leche;

k)

Sala de máquinas;

l)

Vestideros independientes para hombres y para mujeres;

m)

Servicios sanitarios independientes para hombres y para mujeres;

n)

Almacén o depósito;

o)

Oficinas;

p)

Cafetería, cuando las necesidades lo exijan.

Parágrafo 1

Las diferentes secciones deberán conservarse en óptimas condiciones de aseo y los lavamanos deberán estar provistos en forma permanente de toallas. jabón o similares adecuados para secado de las manos.

Parágrafo 2

Con excepción de almacenes o depósitos, salas de máquinas y oficinas, todas las demás dependencias deberán tener las paredes lisas, de fácil lavado y desinfección y pisos de material sanitario impermeable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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