Micelio

Artículo 62

Ley 84 de 1890 · Sobre recompensas militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 62.° Los hijos, hijas, viudas, padres, hermanos, etc., que se hallen en el goce de pensión proveniente de servicios que los padres, hijos, esposos ó hermanos, etc., hubiesen prestado á la República, no tienen derecho á recompensa unitaria definitiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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