Micelio

Artículo 2

O

Decreto 132 de 1975 · Por el cual se crean unas Primas Técnicas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o. Previo el cumplimiento de los procedimientos señalados en los Decretos números 1912 y 1950 de 1973, el Gobierno podrá asignar cuando lo estime conveniente las primas creadas en el artículo anterior a los titulares de los cargos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 132 de 1975