Micelio

Artículo 18

Son Funciones De La División De Administración De Personal, De Conformidad Con Lo Establecido En Los Decretos 2400 De 1963, 1950 De 1973 Y Demás Normas Sobre La Materia, Las Siguientes: A)

Decreto 627 de 1974 · por el cual se reestructura el Consejo Nacional de Política Económica y Social y el Departamento Nacional de Planeación.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Administración de Personal, de conformidad con lo establecido en los Decretos 2400 de 1963, 1950 de 1973 y demás normas sobre la materia, las siguientes: a). Organizar, coordinar y recomendar el desarrollo de las políticas básicas y métodos científicos de administración de personal; b). Realizar los estudios referentes a la clasificación de los empleos y elaborar los manuales descriptivos de funciones; c). Participar en la selección de personal administrativo requerido para el organismo y en la elaboración de los programas sobre su capacitación y perfeccionamiento; d). Velar por la aplicación del sistema de calificación de servicios y del régimen disciplinario; e). Elaborar los proyectos de decretos o resoluciones relativos a nombramientos, retiros y, en general las providencias sobre las diferentes situaciones administrativas del personal al servicio del Departamento; f). Llevar los registros de control y las estadísticas de personal e informar al Departamento Administrativo del Servicio Civil, de las novedades que se produzcan y, las demás funciones que tengan relación con la administración de personal; g). Desarrollar actividades de bienestar social para los empleados del Departamento, en coordinación con los demás organismos administrativos; h). Informar periódicamente al Jefe del Departamento y al Secretario General sobre el funcionamiento y ejecución de los programas adelantados por la División; i). las demás que se le asignen. II. Unidades Asesoras A. Oficina Jurídica

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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