Artículo vigesimocuarto. Los representantes de las Ligas Departamentales o de las Juntas Municipales de Deportes en las Juntas Administradoras de Deportes, no podrán formar parte de ningún Comité Ejecutivo de las Federaciones, Ligas o Clubes Deportivos. En caso de ser elegidos deberán renunciar a una de estas dos posiciones.
Decreto 2343 de 1970 →Vigente
Artículo 24
Decreto 2343 de 1970 · por el cual se dictan normas para la organización y el funcionamiento de las Juntas Administradoras de Deportes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.