Las penas principales son las siguientes:
Presidio.
Prisión.
Arresto.
Recargo en el tiempo de servicio.
Separación absoluta.
Separación temporal.
Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las penas principales son las siguientes:
Presidio.
Prisión.
Arresto.
Recargo en el tiempo de servicio.
Separación absoluta.
Separación temporal.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.