Micelio

Artículo 52

Decreto 1495 de 2002 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto-ley 1790 de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de las Juntas de Títulos de Profesor Militar. Son funciones de las Juntas de Títulos de Profesor Militar

a)

Estudiar las solicitudes que para inscripción o promoción se eleven al respectivo Comando;

b)

Proponer la expedición de los títulos para quienes acrediten el lleno de los correspondientes requisitos;

c)

Llevar el registro de los títulos expedidos.

Parágrafo 1

En la Dirección de Instrucción y Entrenamiento de las respectivas fuerzas y en el Departamento D-3 del Estado Mayor Conjunto, se llevará el libro de Registro de Títulos de Profesor Militar y el archivo de todos los documentos relacionados con el otorgamiento de los mismos.

Parágrafo 2

Las Juntas de títulos académicos de profesor militar, deberán reunirse por lo menos dos (2) veces al año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1495 de 2002