Micelio

Artículo 6

Ley 13 de 1915 · Por la cual se fomenta la industria de la seda

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inclúyase en el Presupuesto de la vigencia del presente año económico la partida necesaria para el cumplimiento inmediato de esta Ley

Parágrafo

La partida destinada para la aplicación de esta Ley en el Presupuesto de 1916, subsistirá en los sucesivos Presupuestos, a juicio del Ministerio de Agricultura y Comercio hasta el completo implantamiento de la industria de sedería en los Departamentos que estén o vayan estando en condiciones adecuadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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