Micelio

Artículo 27

Ley 1242 de 2008 · por la cual se establece el Código Nacional de Navegación y Actividades Portuarias Fluviales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El capitán tendrá la representación de la empresa, sólo en lo relativo a los trabajos materiales de salvamento. Además de las obligaciones que le imponga la ley por razón de su oficio, tiene las de llevar a cabo las diligencias y maniobras necesarias a la conservación de la embarcación, de las personas y de la carga.

T I T U L O III

Del transporte y operaciones portuarias fluviales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1242 de 2008