Micelio

Artículo 10

Recepción De La Víctima De Trata Externa

Decreto 1069 de 2014 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 985 de 2005.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recepción de la víctima de trata externa. Consiste en el conjunto de medidas tendientes a organizar y llevar a cabo el recibimiento de la víctima a su llegada del extranjero. El Ministerio del Interior articulará la presencia de la Policía Nacional, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, la Fiscalía General de la Nación y demás autoridades competentes que considere necesario, según lo demande el caso particular. Estas medidas incluyen la orientación básica acerca de sus derechos y deberes, según el contenido del programa de asistencia y protección inmediata, en condiciones de confianza y seguridad para la víctima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1069 de 2014