Micelio

Artículo 11

El Consejo De Que Trata El Artículo 9o

Decreto 1291 de 1994 · por el cual se reestructura el Instituto Nacional de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo de que trata el artículo 9o. deberá reunirse ordinariamente por lo menos dos (2) veces al año. Los gastos que ocasione su funcionamiento serán sufragados por el Instituto Nacional de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1291 de 1994