Micelio

Artículo 81

Decreto 3541 de 1983 · Por el cual se introducen modificaciones al régimen del impuesto sobre las ventas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los responsables del impuesto sobre las ventas que a la fecha de expedición de este Decreto no se hubieren inscrito o hubieren omitido alguna o algunas de las declaraciones de ventas y se acojan a los términos de este Decreto, quedarán exonerados de liquidación de aforo y sanciones por los impuestos causados hasta el 31 de diciembre de 1983, siempre y cuando cancelen el impuesto a cargo de los dos (2) últimos años a más tardar el 31 de enero de 1984.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3541 de 1983