Micelio

Artículo 5

Siempre Que Sea Necesario Afectar La Reserva De Estabilización De Rendimientos Para Garantizar El Cumplimiento De La Rentabilidad Mínima De Un Fondo De Cesantía, Al Final De Un Período Completo, Las Administradoras Deberán Restablecer La Respectiva Reserva Dentro Del Mes Inmediatamente Siguiente Al Cierre

Decreto 721 de 1994 · por el cual se dictan normas en materia de reservas de estabilización de rendimientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Siempre que sea necesario afectar la Reserva de Estabilización de Rendimientos para garantizar el cumplimiento de la rentabilidad mínima de un fondo de cesantía, al final de un período completo, las administradoras deberán restablecer la respectiva reserva dentro del mes inmediatamente siguiente al cierre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 721 de 1994