° Declárase de utilidad pública y se decreta la expropiación con destino al Nuevo Hospital Central Militar, de dos zonas o globos de terreno situados en esta ciudad de Bogotá, de propiedad de la Urbanización "Pardo Rubio, Ltda", los cuales tienen una área o cabida de 3.439.07 metros cuadrados, o sean 5.373.55 varas cuadradas, zonas o globos de terrenos constituídos por los lotes números 1 a 14 y parte del 142 de dicha Urbanización. La zona primera está formada por los lotes 1 a 6 inclusive, y esta alinderada así: por el Norte, en una extensión de 57.50 metros, con terrenos de propiedad del Nuevo Hospital Central, teniendo dicho lindero un azimut de 279 grados, 40 minutos; por el Oriente, en una extensión de 23 metros, con la futura carrera 3 a , por el Sur, en una extensión de 60 metros, con la calle 47, teniendo dicho lindero un azimut de 96 grados, 49 minutos, 22 segundos; por el Occidente, en una extensión de 25. 20 metros, con la futura carrera 4 a . La zona segunda está formada por los lotes 7 a 141 inclusive, y parte del 142, y está alinderada así: por el Norte, en una extensión de 90.28 metros, con terrenos dicho de propiedad del Nuevo Hospital Central Militar, teniendo dicho lindero una azimut de 279 grados, por el Occidente, en una extensión de 25.85 metros, con la futura carrera 4 a en la intersección de los dos linderos anteriores se halla el mojón A2; intersección de los dos linderos, por el Sur en una extensión de 103.98 metros, con la calle 47; por el Occidente, en una extensión de 7.10 metros, con terrenos del Nuevo Hospital Militar Central, teniendo en dicho lindero un azimut de 214 grados, 35 minutos. Dentro dl área por expropiar a que este se refiere el presente Decreto, no quedan incluidas las zonas correspondientes a las futuras carreras 3 a y 4 a , las cuales deben ser cedidas de acuerdo con los planos de la Urbanización "Pardo Rubio Ltda", al Distrito Especial de Bogotá.
Decreto 1176 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Declárase De Utilidad Pública Y Se Decreta La Expropiación Con Destino Al Nuevo Hospital Central Militar, De Dos Zonas O Globos De Terreno Situados En Esta Ciudad De Bogotá, De Propiedad De La Urbanización "pardo Rubio, Ltda", Los Cuales Tienen Una Área O Cabida De 3
Decreto 1176 de 1955 · Por el cual se declaran de utilidad Pública una zona de terreno en el Distrito Capital de Bogotá, y se decreta su expropiación, con destino al Nuevo Hospital Central Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.