Art. 19 . En los libros de las secciones que han tenido hasta ahora a su cargo alguno de los ramos que por el presente decreto se adscriben a otras, se anotará la seccion a que corresponden en adelante.
Decreto 18681219 de 1868 →Vigente
Artículo 19
Decreto 18681219 de 1868 · reorganizando la Secretaria de Hacienda i Fomento.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.