Disponibilidad y fuente de recursos . Quienes deseen presentar aceptaciones para la adquisición de las Acciones deberán acreditar, a satisfacción de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de la Bolsa de Valores de Colombia S. A. (en el evento en que la enajenación se realice por su conducto) o del tercero que se contrate para tal fin, conforme con el reglamento que se expida según el caso, que los recursos para el pago del precio de las Acciones se encuentran disponibles, y en el evento que la enajenación se realice por conducto de la Bolsa de Valores de Colombia S. A. o a través de un tercero contratado para tal fin, a disposición de las sociedades comisionistas de bolsa. El incumplimiento de este requisito constituirá un impedimento para adquirir las Acciones.
Decreto 1481 de 2025 →Vigente
Artículo 25
Disponibilidad Y Fuente De Recursos
Decreto 1481 de 2025 · por el cual se aprueba el Programa de Enajenación de las acciones de propiedad de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público en Colombia Telecomunicaciones S. A. E.S P. BIC.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.