Micelio

Artículo 4

Igualmente, La Gobernación De Cundinamarca, Por Medio De Escritura Pública Cederá A La Comunidad Religiosa Que Atienda En Puerto Salgar Los Oficios Parroquiales O La Honorable Curia, Según El Caso, Los Lotes De Terreno Correspondientes A La Iglesia Y Casa Cural

Decreto 2637 de 1950 · por el cual se reglamenta la Ley 134 de 1948.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4° Igualmente, la Gobernación de Cundinamarca, por medio de escritura pública cederá a la comunidad religiosa que atienda en Puerto Salgar los oficios parroquiales o la honorable Curia, según el caso, los lotes de terreno correspondientes a la iglesia y casa cural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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