Micelio

Artículo 28

Decreto 398 de 1994 · por el cual se dicta el Régimen Disciplinario para el personal que presta sus servicios en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 28 . SANCIONES. Los servidores públicos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, a quienes se demuestre haber incurrido en una falta disciplinaria estarán sometidos a las siguientes sanciones

1.

Amonestación escrita sin anotación en la hoja de vida, para faltas leves.

2.

Censura con anotación en la hoja de vida, para faltas leves.

3.

Multas hasta de veinte (20) días de sueldo básico, para faltas graves o igual al valor del incremento patrimonial en caso de enriquecimiento indebido.

4.

Suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración hasta por ciento veinte (120) días, para faltas graves.

5.

Destitución, para faltas gravísimas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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