Micelio

Artículo 70

Terminado El Montaje El Concesionario Deberá Rendir Al Ministerio De Minas Y Energía Un Informe Detallado Sobre Las Obras Ejecutadas, Costo De Instalaciones, Esquemas De Equipos Y Procesos, Acompañado De Un Plano Del Sector De La Concesión Ocupado Por Los Campamentos, Edificios, Plantas Y Demás Obras De Carácter Permanente, Destinados A La Explotación

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Terminado el montaje el concesionario deberá rendir al Ministerio de Minas y Energía un informe detallado sobre las obras ejecutadas, costo de instalaciones, esquemas de equipos y procesos, acompañado de un plano del sector de la concesión ocupado por los campamentos, edificios, plantas y demás obras de carácter permanente, destinados a la explotación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2477 de 1986