° La Comisión estudiará cada expediente verdad sabida y buena fe guardada; calificará los comprobantes respectivos; examinará, si ello no fuere superfluo, al aspirante; podrá atender á los servicios que hayan prestado á la causa pública los deudos del interesado; y tendrá también presente, según lo permita el número de becas, la conveniencia de distribuírlas entre alumnos de los diversos departamentos. No es lícito á las Comisiones atender á solicitudes verbales ni á recomendaciones escritas distintas de las incluídas en cada expediente.
Decreto 161 de 1912 →Vigente
Artículo 6
° La Comisión Estudiará Cada Expediente Verdad Sabida Y Buena Fe Guardada; Calificará Los Comprobantes Respectivos; Examinará, Si Ello No Fuere Superfluo, Al Aspirante; Podrá Atender Á Los Servicios Que Hayan Prestado Á La Causa Pública Los Deudos Del Interesado; Y Tendrá También Presente, Según Lo Permita El Número De Becas, La Conveniencia De Distribuírlas Entre Alumnos De Los Diversos Departamentos
Decreto 161 de 1912 · Sobre becas oficiales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.