Micelio

Artículo 1

Las Denominaciones Del Personal Uniformado De La Policía Nacional Serán Las Siguientes Con Las Equivalencias Correspondientes A Los Grados Anteriores, Así: Denominación Anterior Denominación Actual Agente Agente Distinguido Distinguido Subinspector Sargento 2º Inspector Sargento 1º Inspector Jefe Alférez Subcomisario A Prueba Teniente 2º Subcomisario Teniente 1º Comisario Capitán Comisario Jefe Mayor Las Designaciones De Subcomandante, Comandante Y Comandante Jefe Serán Las Mismas

Decreto 645 de 1952 · Por el cual se fijan las denominaciones del personal uniformado de la Policía

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las denominaciones del personal uniformado de la Policía Nacional serán las siguientes con las equivalencias correspondientes a los grados anteriores, así: Denominación anterior Denominación actual Agente Agente Distinguido Distinguido Subinspector Sargento 2º Inspector Sargento 1º Inspector Jefe Alférez Subcomisario a Prueba Teniente 2º Subcomisario Teniente 1º Comisario Capitán Comisario Jefe Mayor Las designaciones de Subcomandante, Comandante y Comandante Jefe serán las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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