Micelio

Artículo 6

Decreto 2001 de 1999 · por el cual se dictan medidas de inspección y vigilancia sobre una institución de utilidad común.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra él procede el recurso de reposición. Comuníque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de octubre de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2001 de 1999