El Registrador Nacional del Estado Civil será responsable ante la Sala de lo Criminal de la Corte Suprema de Justicia por sus actos u omisiones en el ejercicio de su cargo, conforme a la legislación vigente. La Corte juzgará al Registrador en una sola instancia, en Sala Plena, y podrá comisionar a cualquier funcionario del orden judicial para el diligenciamiento del sumario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.