Micelio

Artículo 104

Son Funciones De La Sección De Personal Y Capacitación: A) Colaborar Con La División De Recursos Humanos En La Preparación Del Programa De Selección Para Proveer Los Cargos De La Administración; B) Proyectar Para La Firma Del Administrador Las Resoluciones De Convocatoria Para Los Concursos Por Los Cargos De La Administración, Exceptuando Las Que Tengan Carácter Nacional; C) Practicar Las Pruebas Establecidas En La Convocatoria Utilizando Las Pruebas Suministradas Por La División De Recursos Humanos O El Banco De Pruebas De La Carrera Especial, Y A Falta De Éstas, Las Elaboradas En La Administración; D) Calificar Las Pruebas Practicadas Exceptuando Las Que Se Reserve La División De Recursos Humanos, O El Administrador De Su Banco De Pruebas; E) Establecer La Existencia Legal De Las Vacantes En La Administración; F) Informar Al Administrador De Las Vacantes Legalizadas Y De Los Aspirantes A Ocuparlas De Acuerdo Con La Lista De Elegibles; G) Elaborar Los Proyectos De Providencias Para Proveer Los Cargos De La Administración, Con Destino Al Administrador; H) Hacer El Seguimiento Del Proceso De Período De Prueba Por Medio De Las Calificaciones De Servicios De Los Funcionarios Que Hayan Sido Nombrados, Evaluarlos Y Enviar Los Resultados A La División De Personal Para Los Trámites Correspondientes; I) Proyectar Las Providencias Relacionadas Con Traslados Renuncias, Vacaciones, Licencias, Comisiones Y Demás Novedades De Personal De Los Funcionarios De La Administración Autorizadas Por El Administrador, Para Su Firma O Tramitarlas Ante El Nivel Central, De Acuerdo Con La Delegación Del Ministro; J) Colaborar Con La División De Recursos Humanos En El Establecimiento De Los Requisitos Para El Ejercicio De Las Funciones De Los Cargos De La Administración; K) Realizar Estudios Para Determinar Las Unidades De Capacitación En La Administración, De Acuerdo Con La Metodología Establecida Por La División De Recursos Humanos; L) Presentar Los Programas En Materia De Capacitación Al Administrador Para Su Aprobación Y Posterior Envío A La División De Recursos Humanos; M) Adelantar Estudios Para La Realización De Convenios Y Acuerdos Con Entidades Públicas Y Privadas Que Sean Necesarios Para La Capacitación De Los Funcionarios De La Administración; N) Ejecutar Y Evaluar Los Programas De Capacitación Que Sean Aprobados Por La División De Recursos Humanos; O) Coordinar Y Ejecutar El Programa General De Inducción; P) Prestar Asesoría Y Colaboración A Las Demás Administraciones En La Planeación Y El Desarrollo De Cursos De Capacitación, Cuando Éstos Se Realicen Para Funcionarios De Varias Administraciones; Q) Adelantar, Conjuntamente Con La Unidad De Divulgación, Programas De Educación Tributaria; R) Llevar Registros, Estadísticos De Las Actividades De Administración De Personal En La Administración Y De Sus Funcionarios Y Enviar Copia De Sus Actos Y Providencias A La División De Recursos Humanos Y A La División De Personal; S) Desarrollar En Coordinación Con El Nivel Central, El Administrador Y Las Asociaciones De Funcionarios, Programas De Bienestar Social En La Administración, Y T) Presentar Y Tramitar Ante El Nivel Central Las Propuestas Y Sugerencias De Los Funcionarios En Materia De Administración De Personal Y Capacitación

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Personal y Capacitación

a)

Colaborar con la División de Recursos Humanos en la preparación del programa de selección para proveer los cargos de la Administración;

b)

Proyectar para la firma del Administrador las resoluciones de convocatoria para los concursos por los cargos de la Administración, exceptuando las que tengan carácter nacional;

c)

Practicar las pruebas establecidas en la convocatoria utilizando las pruebas suministradas por la División de Recursos Humanos o el Banco de Pruebas de la Carrera Especial, y a falta de éstas, las elaboradas en la Administración;

d)

Calificar las pruebas practicadas exceptuando las que se reserve la División de Recursos Humanos, o el Administrador de su Banco de Pruebas;

e)

Establecer la existencia legal de las vacantes en la Administración;

f)

Informar al Administrador de las vacantes legalizadas y de los aspirantes a ocuparlas de acuerdo con la lista de elegibles;

g)

Elaborar los proyectos de providencias para proveer los cargos de la Administración, con destino al Administrador;

h)

Hacer el seguimiento del proceso de período de prueba por medio de las calificaciones de servicios de los funcionarios que hayan sido nombrados, evaluarlos y enviar los resultados a la División de Personal para los trámites correspondientes;

i)

Proyectar las providencias relacionadas con traslados renuncias, vacaciones, licencias, comisiones y demás novedades de personal de los funcionarios de la Administración autorizadas por el Administrador, para su firma o tramitarlas ante el Nivel Central, de acuerdo con la delegación del Ministro;

j)

Colaborar con la División de Recursos Humanos en el establecimiento de los requisitos para el ejercicio de las funciones de los cargos de la Administración;

k)

Realizar estudios para determinar las unidades de capacitación en la Administración, de acuerdo con la metodología establecida por la División de Recursos Humanos;

l)

Presentar los programas en materia de capacitación al Administrador para su aprobación y posterior envío a la División de Recursos Humanos;

m)

Adelantar estudios para la realización de convenios y acuerdos con entidades públicas y privadas que sean necesarios para la capacitación de los funcionarios de la administración;

n)

Ejecutar y evaluar los programas de capacitación que sean aprobados por la División de Recursos Humanos;

o)

Coordinar y ejecutar el programa general de inducción;

p)

Prestar asesoría y colaboración a las demás Administraciones en la planeación y el desarrollo de cursos de capacitación, cuando éstos se realicen para funcionarios de varias Administraciones;

q)

Adelantar, conjuntamente con la unidad de Divulgación, programas de educación tributaria;

r)

Llevar registros, estadísticos de las actividades de administración de personal en la Administración y de sus funcionarios y enviar copia de sus actos y providencias a la División de Recursos Humanos y a la División de Personal;

s)

Desarrollar en coordinación con el Nivel Central, el Administrador y las asociaciones de funcionarios, programas de bienestar social en la Administración, y

t)

Presentar y tramitar ante el Nivel Central las propuestas y sugerencias de los funcionarios en materia de administración de personal y capacitación.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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