Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Ley 37 de 1986 →Vigente
Artículo 3
Ley 37 de 1986 · Por medio de la cual se incluyen en el Presupuesto Nacional, algunas partidas por conducto del Ministerio de Salud, para algunos Municipios del Departamento del Cesar y Córdoba y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.