Son funciones de la Sección Legal de Asuntos Indígenas, las siguientes
Asesorar a la Dirección General en el diseño de la política y desarrollo de la legislación indigenista para ser sometida a consideración del Ministro;
Atender las consultas y expedir conceptos jurídicos sobre saneamiento y constitución de resguardos y las demás consultas de carácter legal relacionadas con el tema indigenista;
Asistir legalmente a la Unidad para la Atención de Asuntos Indígenas y cuando se considere necesario hacerlo en coordinación con la Oficina Jurídica, para efectos de contratación administrativa;
Recopilar y mantener actualizadas las normas que rijan todos los aspectos relacionados con las comunidades indígenas;
Llevar el registro de las autoridades tradicionales indígenas reconocidas por la respectiva comunidad y por la administración seccional o local;
Revisar las adjudicaciones que a título de usufructo fueron hechas por los cabildos, exigiendo el reajuste de ellas cuando sean contrarias a la ley o a la equitativa distribución de las tierras entre los indígenas de cada parcialidad;
Estudiar los títulos de resguardos de origen colonial que estén en litigio, e iniciar los trámites pertinentes para su legalización;
Actuar como mediadores en litigios entre dos o más parcialidades de diferentes resguardos, o entre indígenas y personas o asociaciones por razón de dominio, usufructo o explotación de las tierras o de los recursos naturales;
Llevar la representación legal de los indígenas, individual o colectivamente, ante las autoridades judiciales o administrativas, en cumplimiento de las normas protectoras de sus derechos, su integridad, el respeto de su identidad y autonomía cultural;
Producir y someter a consideración de la Dirección General las providencias de orden legal con el fin de otorgar y suspender la personería jurídica de las corporaciones y fundaciones de carácter nacional que tengan como objeto el trabajo con las comunidades indígenas;
Prestar asesoría y capacitación a las demás dependencias de la Dirección General sobre legislación indígena y las demás normas y disposiciones existentes sobre la materia;
Elaborar los proyectos de contrato que celebre la Dirección General de Asuntos Indígenas, revisar los documentos, soportes, llevar el registro de los mismos y hacer el seguimiento para su cabal cumplimiento;
Velar por el cumplimiento de la legislación sobre las comunidades indígenas;
Prestar asistencia jurídica a las comisiones velando por el cumplimiento de las normas vigentes y llevando la representación jurídica en materia de litigios de orden civil, penal, agrario y laboral;
Proyectar leyes, decretos y demás normas pertinentes que desarrollen la Constitución Nacional y llevar el archivo de las normas sobre la materia;
Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del área. Comisiones para los Asuntos Indígenas.