A la muerte de un estudiante para Patrullero de Policía, calificada en servicio, por causa y razón del mismo como resultado del proceso de formación profesional policial, sus beneficiarios tendrán derecho al pago por una sola vez de una compensación equivalente a doce (12) meses de asignación básico mensual de un Patrullero de Policía.
Si la muerte ocurriere en actos meritorios del servicio como resultado del proceso de formación profesional policial, la compensación se pagará doble.