Articulo 1° Señálanse las siguientes tarifas para algunos servicios en el muelle de cabotaje del puerto de Santa Marta, el cual se dará al servicio desde el 16 de mayo próximo. Derechos de muelle. Por las primeras 24 horas o fracción: Embarcaciones hasta de 20 toneladas de patente $ 2.00 Embarcaciones de 21 a 100 toneladas de patente 5.00 Embarcaciones de 101 o más toneladas, por cada tonelada 0.10 Por cada período subsiguiente de 24 horas o fracción: Embarcaciones hasta de 20 toneladas de patente 5.00 Embarcaciones de 21 a 100 toneladas de patente 7.00 Embarcaciones de 101 o más toneladas, por cada tonelada 0.20 Derechos de cargue y descargue. Por cada tonelada que se descargue en este muelle $ 1.00 Y por cada tonelada que se descargue en este muelle 1.00 a excepción de los casos en que se presente el comprobante de haber sido cubierto el derecho de cargue en otro puerto colombiano. Servicio de bodegas y patios. Será libre el servicio de bodegas y patios para elementos que se reciban o se despachen por las embarcaciones de cabotajé, durante un término máximo de 48 horas. Inmediatamente después, por cada periodo de 24 horas o fracción, se cobrarán por cada tonelada depositada en las bodegas $ 0.50, y por cada tonelada depositada en los patios, $ 0.20. Servicio del equipo. Alquiler de la grúa, $ 1.00 por hora o fración; alquiler de cada carretilla de 4.000 libras de capacidad, $ 0.15 por cada hora o fracción .
Decreto 1602 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Señálanse Las Siguientes Tarifas Para Algunos Servicios En El Muelle De Cabotaje Del Puerto De Santa Marta, El Cual Se Dará Al Servicio Desde El 16 De Mayo Próximo
Decreto 1602 de 1948 · Por el cual se señalan tarifas para el muelle de cabotaje en Santa Marta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.