º La Comisión de Ciencia y Tecnología del sector industrial tendrá la siguiente composición
El Ministro o el Viceministro de Desarrollo Económico, quien la presidirá;
El Superintendente de Industria y Comercio;
El Director General de Colciencias, o su representante;
El Gerente General del Instituto de Crédito Territorial, ICT;
El Director General del Instituto Colombiano de omercio Exterior, lNCOMEX;
El Director del Fondo de Promoción de Exportaciones, PROEXPO;
El Gerente General de la Corporación Financiera Popular, S. A.;
El Gerente General del Instituto de Fomento Industrial, IFI;
El Director del Instituto de Investigaciones Tecnológicas, IIT;
El Director del Instituto Colombiano de Normas Técnicas, ICONTEC, o su representante;
El Jefe de la Unidad de Estudios Industriales del Departamento Nacional de Planeación;
Tres representantes de los gremios industriales designados por el Ministro de Desarrollo Económico para un período de un año;
Un decano de facultad universitaria en el sector industrial o de ingeniería designado por el Director General de Colciencias por un período de un año.