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Artículo 3

Requisitos Del Área

Decreto 753 de 2014 · por el cual se establecen condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes Especiales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Requisitos del área. El área que se solicite declarar como Zona Franca Permanente Especial, en los términos de este decreto, deberá cumplir con los siguientes requisitos

1.

Ser continua.

2.

Tener las condiciones necesarias para ser dotada de infraestructura para las actividades a desarrollar.

3.

Que en esta no se estén desarrollando las actividades que el proyecto solicitado planea promover.

4.

Que no existan restricciones de orden ambiental o restricciones derivadas de territorios de propiedad colectiva, y que no hagan parte de los predios objeto de solicitud de restitución de tierras, a los que se refiere la Ley 1448 de 2011 y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

Parágrafo

Cuando el área de terreno se encuentre separada por una vía pública o un accidente geográfico, podrá considerarse excepcionalmente continua, conforme con lo dispuesto por el Decreto 2685 de 1999 y sus modificaciones, adiciones o normas que lo sustituyan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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