°. Requisitos del área. El área que se solicite declarar como Zona Franca Permanente Especial, en los términos de este decreto, deberá cumplir con los siguientes requisitos
Ser continua.
Tener las condiciones necesarias para ser dotada de infraestructura para las actividades a desarrollar.
Que en esta no se estén desarrollando las actividades que el proyecto solicitado planea promover.
Que no existan restricciones de orden ambiental o restricciones derivadas de territorios de propiedad colectiva, y que no hagan parte de los predios objeto de solicitud de restitución de tierras, a los que se refiere la Ley 1448 de 2011 y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
Cuando el área de terreno se encuentre separada por una vía pública o un accidente geográfico, podrá considerarse excepcionalmente continua, conforme con lo dispuesto por el Decreto 2685 de 1999 y sus modificaciones, adiciones o normas que lo sustituyan.